Atención y servicios a la ciudadanía
Radicado 062-2023
Respuesta al derecho de petición identificado con Radicado No. 202310160005787
En cumplimiento del parágrafo tercero del artículo 14 de la Resolución No. 239 del 24 de junio de 2022, se procede a notificar por aviso al señor ANÓNIMO, la respuesta al derecho de petición identificado con Radicado No. 202310160005787 del 05 de septiembre de 2023, en los términos consagrados en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, en el entendido de que el peticionario no suministró correo electrónico ni datos de contacto para el envío de la respuesta.
Por lo anterior, al desconocer la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra de la respuesta a la petición, se publicará en la sede electrónica por el término de cinco (5) días hábiles (e inclusive quedará publicado de forma permanente en la sección de Notificaciones a terceros), con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente de transcurridos los cinco días hábiles.
Ciudadano a notificar | Anónimo |
Decisión a notificar | Respuesta con Radicado No. 20235000024561 del 12 de septiembre de 2023 |
Autoridad que expidió la decisión | JULIO CESAR CADAVID GOMEZ, Profesional Especializado con funciones de Coordinación del Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Talento Humano |
Recursos que proceden | No procede recurso |
Fijación del aviso | 14 de septiembre de 2023 |
Desfijación del aviso | 20 de septiembre de 2023 |
Ejecutoria de la notificación | 21 de septiembre de 2023 |
Informes PQRSD 2023
Informe de gestion de PQRSD - diciembre 2023
Informe de gestion de PQRSD - noviembre 2023
Informe de gestion de PQRSD - octubre 2023
Informe de gestion de PQRSD - septiembre 2023
Informe de gestion de PQRSD - agosto 2023
Informe de gestion de PQRSD - julio 2023
Informe de gestion de PQRSD - junio 2023
Informe de gestion de PQRSD - mayo 2023
Informe de gestion de PQRSD - abril 2023
Informe de gestion de PQRSD - marzo 2023
Informe de gestion de PQRSD - febrero 2023
Informe de gestion de PQRSD - enero 2023
Preguntas frecuentes
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¿Podría mi organización recibir recursos por parte de APC-Colombia para apoyar el desarrollo de proyectos?
La Agencia, en sí misma, no otorga donaciones ni recursos de cooperación internacional. En este sentido, los diferentes actores que deseen acceder a recursos de cooperación no reembolsable deben presentarse de manera oportuna a las convocatorias y oportunidades que divulga y socializa APC – Colombia.
¿Qué son las Convocatorias?
¿Qué es el Programa APC-Colombia TeProyecta?
¿Cómo se puede obtener apoyo de APC-Colombia con las convocatorias?
Adicionalmente, APC-Colombia orienta técnicamente en aspectos relativos a la coherencia y estructura lógica del proyecto presentado por el solicitante, en los tiempos oportunos de la convocatoria y en los formatos establecidos directamente por el cooperante.
Los invitamos a revisar constantemente nuestras redes sociales en Facebook, Twitter e Instagram, ya que toda la información de convocatorias estratégicas es socializada en esos canales.
¿En dónde puedo obtener información de todas las convocatorias disponibles?
¿A dónde me puedo comunicar si tengo preguntas sobre APC-Colombia TeProyecta y el manejo de las Convocatorias?
¿Qué es la Contrapartida Nacional que administra APC-Colombia?
¿Qué proyectos se pueden presentar a APC-Colombia para apalancar con recursos de contrapartida nacional?
¿Cuál debe ser la finalidad principal de los proyectos que buscan cofinanciación con recursos de contrapartida nacional?
¿Quiénes pueden acudir a APC-Colombia para solicitar la cofinanciación de los proyectos de cooperación internacional dentro del mecanismo de contrapartida nacional?
¿Cada cuánto se abre la convocatoria para presentar proyectos dentro del marco de la Contrapartida Nacional?
APC-Colombia cada año realiza el proceso de identificación de proyectos, priorización y somete a la instancia competente la aprobación de la cofinanciación solicitada. En caso favorable, durante el mismo año, suscribe los convenios o contratos para ejecutar las actividades y los recursos asignados.
Si te interesa profundizar este mecanismo financiero puedes consultar el documento “Manual para la Asignación de Recursos de Contrapartida Nacional” dando click aquí https://www.apccolombia.gov.co/contrapartidas-nacionales y solicitar una reunión informativa al correo contrapartidas@apccolombia.gov.co
¿Qué es la Cooperación Col-COL?
Es una modalidad de cooperación intranacional liderada por APC-Colombia que desde el año 2016 promueve el desarrollo local, mediante el intercambio de conocimiento, su posterior apropiación y adaptación en diversos contextos territoriales del país. Los intercambios de conocimiento son ideados, estructurados e implementados desde lo local para lo local. De ahí la denominación de la estrategia “Colombia le enseña a Colombia”.
¿Quiénes participan de un intercambio de conocimiento Col-Col?
· Oferentes: una o varias entidades, organizaciones o asociaciones que han desarrollado una buena práctica y están dispuestas a compartir su conocimiento.
· Beneficiarios demandantes: entidades u organizaciones que están interesados en incorporar la buena práctica en sus procesos.
· Socio técnico y financiero: actor de cooperación internacional que apoya financiera y/o técnicamente el intercambio.
· Entidades técnicas socias: entidad(es) nacional(es) con competencia en la temática del intercambio. Para mayor información consultar el siguiente link: https://apccolombia.gov.co/cooperacion-col-col-en-modalidades-de-cooperacion.
¿En qué consiste la Estrategia Nacional de Cooperación Internacional ENCI?
La Estrategia Nacional de Cooperación Internacional ENCI tiene como objetivo dirigir la gestión de cooperación internacional que otorga y recibe Colombia hacia sus prioridades de desarrollo, respondiendo a los retos y oportunidades del país en el escenario internacional. APC - Colombia en conjunto con el Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE), el Departamento Nacional de Planeación (DNP) y la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia (APC-Colombia) definen la estrategia que se implementará en cada gobierno.
Consulta la ENCI vigente en el siguiente enlace: https://www.apccolombia.gov.co/comunicaciones/publicaciones
¿La Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia APC Colombia tiene convenios con Agentes Aduaneros?
Informes PQRS-D 2022
- Informe de la encuesta de satisfacción IV trimestre 2022
- Análisis de la encuesta satisfacción de usuarios 4 Trimestre 2022
- Informe de gestion de PQRSD - diciembre
- Informe de gestion de PQRSD - noviembre
- Informe de Gestión PQRSD - Octubre 2022
- Encuesta de satisfacción PQRSD Tercer Trimestre 2022
- Informe de la encuenta PQRSD Tercer Trimestre 2022
- Informe PQRSD - Septiembre 2022
- Informe PQRSD - Agosto 2022
- Informe PQRSD - Julio 2022
- Encuesta de satisfacción PQRSD Segundo Trimestre 2022
- Informe de Gestión PQRSD - Junio 2022
- Informe de Gestión PQRSD - Mayo 2022
- Informe Satisfacción PQRSD Primer Trimestre 2022
- Reporte PQRSD - Abril 2022
- Reporte PQRSD Trimestral 2022
- Reporte PQRSD - Marzo 2022
- Reporte PQRSD - Febrero 2022
- Reporte PQRSD - Enero 2022-Abr-01-2022
- Informe de la encuesta PQRDS (Octubre - diciembre 2021)
Notificaciones a terceros
Notificaciones judiciales
Notificaciones por aviso
Respuesta al derecho de petición identificado con Radicado No. 202310160005787
En cumplimiento del parágrafo tercero del artículo 14 de la Resolución No. 239 del 24 de junio de 2022, se procede a notificar por aviso al señor ANONIMO, la respuesta al derecho de petición identificado con Radicado No. 202410160003167 artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, en el entendido de que el correo electrónico no fue suministrado por la peticionaria no existe registró en la petición.
Por lo anterior, al desconocer la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra de la respuesta a la petición, se publicará en la sede electrónica por el término de cinco (5) días hábiles, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso.
Ciudadano a notificar | Anónimo |
Decisión a notificar | Oficio Radicado No 20245000010751 del 24 de abril de 2024, por el cual se da respuesta a la petición Anónima con Radicado interno No. 202410160003167 del 19 de abril de 2024. |
Autoridad que expidió la decisión | LUIS ALEJANDRO GUTIÉRREZ SALAZAR Coordinador Grupo Gestión de Servicios Administrativos |
Recursos que proceden | No procede recurso |
Fijación del aviso | 30 de abril de 2024 |
Desfijación del aviso | 07 de mayo de 2024 |
Ejecutoria de la notificación | 08 de mayo de 2024 |
En cumplimiento del parágrafo tercero del artículo 14 de la Resolución No. 239 del 24 de junio de 2022, se procede a notificar por aviso al señor ANONIMO, la respuesta al derecho de petición identificado con Radicado No. 202410160003157 artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, en el entendido de que el correo electrónico no fue suministrado por la peticionaria no existe registró en la petición.
Por lo anterior, al desconocer la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra de la respuesta a la petición, se publicará en la sede electrónica por el término de cinco (5) días hábiles, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso.
Ciudadano a notificar | Anónimo |
Decisión a notificar | Oficio Radicado No 20245000010741 del 24 de abril de 2024, por el cual se da respuesta a la petición Anónima con Radicado interno No. 202410160003157 del 19 de abril de 2024 |
Autoridad que expidió la decisión | LUIS ALEJANDRO GUTIÉRREZ SALAZAR Coordinador Grupo Gestión de Servicios Administrativos |
Recursos que proceden | No procede recurso |
Fijación del aviso | 30 de abril de 2024 |
Desfijación del aviso | 07 de mayo de 2024 |
Ejecutoria de la notificación | 08 de mayo de 2024 |
En cumplimiento del parágrafo tercero del artículo 14 de la Resolución No. 239 del 24 de junio de 2022, se procede a notificar por aviso al señor ANONIMO, la respuesta al derecho de petición identificado con Radicado No. No 202410160003147 artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, en el entendido de que el correo electrónico no fue suministrado por la peticionaria no existe registró en la petición.
Por lo anterior, al desconocer la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra de la respuesta a la petición, se publicará en la sede electrónica por el término de cinco (5) días hábiles, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso.
Ciudadano a notificar | Anónimo |
Decisión a notificar | Oficio Radicado No 20245000010711 del 24 de abril de 2024, por el cual se da respuesta a la petición Anónima con Radicado interno No. 202410160003147 del 19 de abril de 2024 |
Autoridad que expidió la decisión | LUIS ALEJANDRO GUTIÉRREZ SALAZAR Coordinador Grupo Gestión de Servicios Administrativos |
Recursos que proceden | No procede recurso |
Fijación del aviso | 30 de abril de 2024 |
Desfijación del aviso | 07 de mayo de 2024 |
Ejecutoria de la notificación | 08 de mayo de 2024 |
En cumplimiento del parágrafo tercero del artículo 14 de la Resolución No. 239 del 24 de junio de 2022, se procede a notificar por aviso a la señora SONIA PATRICIA AGUDELO, la respuesta al derecho de petición identificado con Radicado No. 202310160004737 del 27 de julio de 2023, en los términos consagrados en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, en el entendido de que el correo electrónico suministrado por la peticionaria agudelo4311@gmail.com no existe, como se evidencia en detalles del mensaje:
Fecha de creación | 08/08/2023 13:34:56 |
Dirección del remitente | yvettearaujo@apccolombia.gov.co |
Dirección del destinatario | agudelo4311@gmail.com |
Asunto | Respuesta al derecho de petición radicado internamente con el No. 202310160004737 del 27 de julio de 2023 |
Detalles del error:
Error | 50-5.1.1 The email account that you tried to reach does not exist. Please try 550-5.1.1 double-checking the recipient's email address for typos or 550-5.1.1 unnecessary spaces. Learn more at 550 5.1.1 https://support.google.com/mail/?p=NoSuchUser k27-20020a05600c1c9b00b003fbd8e703e2si7910806wms.157 - gsmtp |
Mensaje rechazado por | mx.google.com |
Por lo anterior, al desconocer la información sobre la destinataria, el aviso, con copia íntegra de la respuesta a la petición, se publicará en la sede electrónica por el término de cinco (5) días hábiles (e inclusive quedará publicado de forma permanente en la sección de Notificaciones a terceros), con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso.
Respuesta a PQR Sonia P. Agudelo
En cumplimiento del parágrafo tercero del artículo 14 de la Resolución No. 239 del 24 de junio de 2022, se procede a notificar por aviso al señor ANÓNIMO, la respuesta al derecho de petición identificado con Radicado No. 202310160004457 del 13 de julio de 2023, en los términos consagrados en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, en el entendido de que el peticionario no aportó dirección física o electrónica para notificación de la respuesta.
Por lo anterior, al desconocer la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra de la respuesta al derecho de petición identificado con Radicado No. 202310160004457 del 13 de julio de 2023, se publicará en la sede electrónica por el término de cinco (5) días hábiles (e inclusive quedará publicado de forma permanente en la sección de Notificaciones a terceros), con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso.
Ciudadano a notificar | Anónimo |
Decisión a notificar | Radicado No. 20235000020171 del 27 de julio de 2023 |
Autoridad que expidió la decisión | YAIR ALEXANDER VALDERRAMA PARRA, Director Administrativo y Financiero |
Recursos que proceden | No procede recurso |
Fijación del aviso | 27 de julio de 2023 |
Desfijación del aviso | 02 de agosto de 2023 |
Ejecutoria de la notificación | 03 de agosto de 2023 |
En cumplimiento del parágrafo tercero del artículo 14 de la Resolución No. 239 del 24 de junio de 2022, se procede a notificar por aviso al señor ANÓNIMO, la Resolución No. 276 del 19 de julio de 2023, mediante la cual el Director Administrativo y Financiero de la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia, APC-Colombio, decretó el desistimiento tácito y ordenó el archivo del expediente contentivo de la petición radicada bajo el No. 202310160003787 del 05 de junio de 2023, en los términos consagrados en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, toda vez que, vencido el plazo de un (1) mes otorgado por APC-Colombia, no se recibió respuesta al requerimiento de ampliación de la petición con radicado interno No. 202310160003777 del 05 de junio de 2023.
Por lo anterior, al desconocer la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra de la Resolución No. 276 del 19 de julio de 2023, se publicará en la sede electrónica por el término de cinco (5) días hábiles (e inclusive quedará publicado de forma permanente en la sección de Notificaciones a terceros), con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso.
Ciudadano a notificar | Anónimo |
Decisión a notificar | Resolución No. 276 del 19 de julio de 2023 |
Autoridad que expidió la decisión | YAIR ALEXANDER VALDERRAMA PARRA, Director Administrativo y Financiero |
Recursos que proceden | Recurso de reposición, el cual podrá interponerse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de surtida la notificación, por cualquiera de los canales de atención de APC-Colombia, en concordancia con lo dispuesto en el inciso final del artículo 17 de la Ley 1437 de 2011, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755, el artículo 18 de la Resolución No. 239 del 24 de junio de 2022 y el artículo 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011 |
Fijación del aviso | 21 de julio de 2023 |
Desfijación del aviso | 27 de julio de 2023 |
Ejecutoria de la notificación | 28 de julio de 2023 |
RESOLUCIÓN NO. 276 DEL 19 DE JULIO DE 2023
En cumplimiento del parágrafo tercero del artículo 14 de la Resolución No. 239 del 24 de junio de 2022, se procede a notificar por aviso al señor ANÓNIMO, la Resolución No. 275 del 19 de julio de 2023, mediante la cual el Director Administrativo y Financiero de la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia, APC-Colombio, decretó el desistimiento tácito y ordenó el archivo del expediente contentivo de la petición radicada bajo el No. 202310160003787 del 05 de junio de 2023, en los términos consagrados en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, toda vez que, vencido el plazo de un (1) mes otorgado por APC-Colombia, no se recibió respuesta al requerimiento de ampliación de la petición con radicado interno No. 202310160003787 del 05 de junio de 2023.
Por lo anterior, al desconocer la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra de la Resolución No. 275 del 19 de julio de 2023, se publicará en la sede electrónica por el término de cinco (5) días hábiles (e inclusive quedará publicado de forma permanente en la sección de Notificaciones a terceros), con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso.
Ciudadano a notificar | Anónimo |
Decisión a notificar | Resolución No. 275 del 19 de julio de 2023 |
Autoridad que expidió la decisión | YAIR ALEXANDER VALDERRAMA PARRA, Director Administrativo y Financiero |
Recursos que proceden | Recurso de reposición, el cual podrá interponerse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de surtida la notificación, por cualquiera de los canales de atención de APC-Colombia, en concordancia con lo dispuesto en el inciso final del artículo 17 de la Ley 1437 de 2011, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755, el artículo 18 de la Resolución No. 239 del 24 de junio de 2022 y el artículo 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011 |
Fijación del aviso | 21 de julio de 2023 |
Desfijación del aviso | 27 de julio de 2023 |
Ejecutoria de la notificación | 28 de julio de 2023 |
En cumplimiento del parágrafo tercero del artículo 14 de la Resolución No. 239 del 24 de junio de 2022, se procede a notificar por aviso al señor ALVARO VARGAS, la respuesta al derecho de petición identificado con Radicado No. 202310160004467 del 14 de julio de 2023, en los términos consagrados en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, en el entendido de que el correo electrónico suministrado por el peticionario avargas1212@yahoo.com no existe, como se evidencia en detalles del mensaje:
Por lo anterior, al desconocer la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra de la respuesta a la petición, se publicará en la sede electrónica por el término de cinco (5) días hábiles (e inclusive quedará publicado de forma permanente en la sección de Notificaciones a terceros), con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso.
Ciudadano a notificar | ALVARO VARGAS |
Decisión a notificar | Oficio Radicado No. 20235000019521 del 17 de julio de 2023, por el cual se da respuesta a su petición con Radicado interno No. 202310160004467 del 14 de julio de 2023 |
Autoridad que expidió la decisión | JULIO CESAR CADAVID GOMEZ, Profesional Especializado con funciones de Coordinación del Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Talento Humano. |
Recursos que proceden | No procede recurso |
Fijación del aviso | 18 de julio de 2023 |
Desfijación del aviso | 25 de julio de 2023 |
Ejecutoria de la notificación | 26 de julio de 2023 |
En cumplimiento del parágrafo tercero del artículo 14 de la Resolución No. 239 del 24 de junio de 2022, se procede a notificar por aviso al señor ANONIMO, la respuesta al derecho de petición identificado con Radicado No. No 202310160003777 del 05 de junio de 2023, en los términos consagrados en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, en el entendido de que el peticionario no suministro dirección física ni electrónica donde pudiere recibir respuesta.
Por lo anterior, al desconocer la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra de la respuesta a la petición, se publicará en la sede electrónica de la Entidad por el término de cinco (5) días hábiles, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso.
Ciudadano a notificar | ANONIMO |
Decisión a notificar | Oficio Radicado No. 20235000015751 del 08 de junio de 2023, por el cual se da respuesta a la petición Anónima con Radicado interno No. 202310160003777 del 05 de junio de 2023. |
Autoridad que expidió la decisión | LUIS EDUARDO AGUIRRE GARAY, Profesional Especializado con funciones de Coordinación del Grupo Gestión de Servicios Administrativos. |
Recursos que proceden | No procede recurso |
Fijación del aviso | 08 de junio de 2023 |
Desfijación del aviso | 15 de junio de 2023 |
Ejecutoria de la notificación | 16 de junio de 2023 |
En cumplimiento del parágrafo tercero del artículo 14 de la Resolución No. 239 del 24 de junio de 2022, se procede a notificar por aviso al señor ANONIMO, la respuesta al derecho de petición identificado con Radicado No. No 202310160003787 del 5 de junio de 2023, en los términos consagrados en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, en el entendido de que el peticionario no suministro dirección física ni electrónica donde pudiere recibir respuesta.
Por lo anterior, al desconocer la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra de la respuesta a la petición, se publicará en la sede electrónica de la Entidad por el término de cinco (5) días hábiles, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso.
Ciudadano a notificar | ANONIMO |
Decisión a notificar | Oficio Radicado No. 20235000015731 del 8 de junio de 2023, por el cual se da respuesta a la petición Anónima con Radicado interno No. 202310160003787 del 5 de junio de 2023. |
Autoridad que expidió la decisión | LUIS EDUARDO AGUIRRE GARAY, Profesional Especializado con funciones de Coordinación del Grupo Gestión de Servicios Administrativos |
Recursos que proceden | No procede recurso |
Fijación del aviso | 08 de junio de 2023 |
Desfijación del aviso | 15 de junio de 2023 |
Ejecutoria de la notificación | 16 de junio de 2023 |
En cumplimiento del parágrafo tercero del artículo 14 de la Resolución No. 239 del 24 de junio de 2022, se procede a notificar por aviso al CIUDADANO ANONIMO, la resolución No. 168 del 4 de mayo de 2023, “Por la cual se decreta el desistimiento tácito y se ordena el archivo del Derecho de Petición radicado bajo el número 202310160001397 del 25 de febrero de 2023.”, en los términos consagrados en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, al desconocer la información sobre el destinatario.
Se debe publicar en la página electrónica de la entidad por el término de cinco (5) días.
Por lo anterior, al desconocer la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra de la respuesta a la petición, se publicará en la sede electrónica por el término de cinco (5) días hábiles, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso
Ciudadano a notificar | ANONIMO |
Decisión a notificar | Resolución No. 168 del 4 de mayo de 2023, “Por la cual se decreta el desistimiento tácito y se ordena el archivo del Derecho de Petición radicado bajo el número 202310160001397 del 25 de febrero de 2023". |
Autoridad que expidió la decisión | YAIR ALEXANDER VALDERRAMA PARRA, Director Administrativo y Financiero |
Recursos que proceden | Sólo procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes de surtida la notificación de que trata el artículo anterior, en concordancia con lo dispuesto en el inciso final del artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo CPACA, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 30 de junio de 2015, y 74 y siguientes de la Ley 1437 de 18 de enero de 2011 - CPACA. |
Fijación del aviso | 05 de mayo de 2023 |
Desfijación del aviso | 11 de mayo de 2023 |
Ejecutoria de la notificación | 12 de mayo de 2023 |
En cumplimiento del parágrafo tercero del artículo 14 de la Resolución No. 239 del 24 de junio de 2022, se procede a notificar por aviso a la señora NATALIA MEDINA, la respuesta al derecho de petición identificado con Radicado No.202310160000687 de 2023, en los términos consagrados en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, al desconocer en este momento la información sobre la destinataria.
Se debe publicar en la página electrónica de la entidad por el término de cinco (5) días.
Por lo anterior, al desconocer la información sobre la destinataria, el aviso, con copia íntegra de la respuesta a la petición, se publicará en la sede electrónica por el término de cinco (5) días hábiles, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso.
Ciudadano a notificar | NATALIA MEDINA |
Decisión a notificar | Oficio Radicado No. 20235000003681 de 2023, por el cual se da respuesta a la petición con Radicado interno No. 202310160000687 de 2023. |
Autoridad que expidió la decisión | JULIO CESAR CADAVID GOMEZ, Profesional Especializado con funciones de Coordinación del Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Talento Humano |
Recursos que proceden | No procede recurso |
Fijación del aviso | 16 de marzo de 2023 |
Desfijación del aviso | 23 de marzo de 2023 |
Ejecutoria de la notificación | 24 de marzo de 2023 |
En cumplimiento del parágrafo tercero del artículo 14 de la Resolución No. 239 del 24 de junio de 2022, se procede a notificar por aviso al CIUDADANO ANONIMO, la respuesta al derecho de petición identificado con Radicado No. 202310160001397 del 25 de febrero de 2023, en los términos consagrados en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, al desconocer la información sobre el destinatario.
Se debe publicar en la página electrónica de la entidad por el término de cinco (5) días.
Por lo anterior, al desconocer la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra de la respuesta a la petición, se publicará en la sede electrónica por el término de cinco (5) días hábiles, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso
Ciudadano a notificar | ANONIMO |
Decisión a notificar | Oficio Radicado No. 20235000004971 del 27 de febrero de 2023, por el cual se da respuesta a la petición con Radicado interno No. 202310160001397 del 25 de febrero de 2023 |
Autoridad que expidió la decisión | JULIO CESAR CADAVID GOMEZ, Profesional Especializado con funciones de Coordinación del Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Talento Humano |
Recursos que proceden | No procede recurso |
Fijación del aviso | 01 de marzo de 2023 |
Desfijación del aviso | 07 de marzo de 2023 |
Ejecutoria de la notificación | 08 de marzo de 2023 |
En cumplimiento del parágrafo tercero del artículo 14 de la Resolución No. 239 del 24 de junio de 2022, se procede a notificar por aviso al señor JUAN SAVOGAL , la respuesta al derecho de petición identificado con Radicado No.202310160000887 del 10 de febrero de 2023, en los términos consagrados en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, en el entendido de que el correo electrónico suministrado por el peticionario no existe.
Se debe publicar en la página electrónica de la entidad por el término de cinco (5) días.
Por lo anterior, al desconocer la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra de la respuesta a la petición, se publicará en la sede electrónica por el término de cinco (5) días hábiles, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso.
Ciudadano a notificar | JUAN SAVOGAL |
Decisión a notificar | Oficio Radicado No. 20235000004801 del 27 de febrero de 2023, por el cual se da respuesta a la petición con Radicado interno No. 202310160000887 del 10 de febrero de 2023. |
Autoridad que expidió la decisión | JULIO CESAR CADAVID GOMEZ, Profesional Especializado con funciones de Coordinación del Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Talento Humano |
Recursos que proceden | No procede recurso |
Fijación del aviso | 27 de febrero de 2023 |
Desfijación del aviso | 03 de marzo de 2023 |
Ejecutoria de la notificación | 06 de marzo de 2023 |
En cumplimiento del parágrafo tercero del artículo 14 de la Resolución No. 239 del 24 de junio de 2022, se procede a notificar por aviso a la señora SANDRA GONZALEZ, la respuesta al derecho de petición identificado con Radicado No. 202210160001087 del 23 de septiembre de 2022, en los términos consagrados en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, en el entendido de que el correo electrónico suministrado por la peticionaria no existe y el número de identificación que registró en la petición corresponde a la señora GINA XIOMARA NOVOA PERILLA.
se debe publicar en la página electrónica de la entidad por el término de cinco (5) días.
Por lo anterior, al desconocer la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra de la respuesta a la petición, se publicará en la sede electrónica por el término de cinco (5) días hábiles, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso.
Ciudadano a notificar | SANDRA GONZALEZ |
Decisión a notificar | Oficio Radicado No. 20225000036901 del 28 de septiembre de 2022, por el cual se da respuesta a la petición con Radicado interno No. 202210160001087 del 23 de septiembre de 2022 |
Autoridad que expidió la decisión | JULIO CESAR CADAVID GOMEZ, Profesional Especializado con funciones de Coordinación del Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Talento Humano |
Recursos que proceden | No procede recurso |
Fijación del aviso | 29 de septiembre de 2022 |
Desfijación del aviso | 05 de octubre de 2022 |
Ejecutoria de la notificación | 06 de octubre de 2022 |
Comunicaciones actuaciones diciplinarias
Constancia de vinculación a terceros
- Constancia de desfijación 002-2023
- Constancia de desfijación 001-2023
- Constancia de desfijación 001-2022
- Constancia de vinculación a terceros 001-2022
- Constancia de vinculación a terceros 001-2023
Respuesta a peticiones análogas
7. Participación
5. Trámites, otros procedimientos administrativos y consultas de acceso a información pública
De cara al ciudadano, la Agencia brinda servicios y entrega productos concretos. En esta sección del portal web, se pueden consultar aquellos trámites y servicios que se encuentran registrados en el Sistema Único de Información de Trámites del Estado colombiano y que obedecen a la operación de la Agencia y que corresponden con obligaciones de la Entidad y están orientadas a brindar el servicio, prestar el trámite o desarrollar el procedimiento administrativo correspondiente.
Actualmente, la Agencia brinda el Trámite de "Registro de recursos de cooperación internacional no reembolsable ante la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia". el cual esta dirigido a las Entidades Sin Ánimo de Lucro del País y las Entidades de Régimen Especial, según lo establecido en el Articulo 364-4 del Estatuto Tributario Nacional, Ley 1819 de 2016. Para mayor información sobre este trámite puede ingresar el portal "gov.co" (link: https://www.gov.co/servicios-y-tramites/T62896)
Respecto a los servicios ofrecidos por APC-Colombia, puede visualizarlos a partir del Menu "Qué hacemos" de nuestro sitio web.
- Para acceder directamente al trámite de Registro de Recursos de Cooperación Internacional no Reembolsable de click aqui.
Canales de atención y pida una cita
3.1 Canales de atención
Dirección: Carrera 10 #97A - 13 Torre A - Piso 6 | Edificio Bogotá Trade Center | Bogotá D.C.
Horario de atención al usuario: lunes a viernes 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
Horario último viernes de cada mes: 7:00 a.m. a 3:00 p.m.
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Línea gratuita nacional: 018000413795
3.2 Canales de atención virtuales
/modulo-pqrsd
pqr@apccolombia.gov.co
Nota:
Señor usuario recuerda que toda petición que ingrese por el correo de pqr@apccolombia.gov.co debe contener los siguientes requisitos mínimos como lo señala el artículo 16 de la ley 1755 de 2015 el cual cita lo siguiente:
1. La designación de la autoridad a la que se dirige.
2. Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante y o apoderado, si es el caso, con indicación de su documento de identidad y de la dirección donde recibirá correspondencia. El peticionario podrá agregar el número de fax o la dirección electrónica. Si el peticionario es una persona privada que deba estar inscrita en el registro mercantil, estará obligada a indicar su dirección electrónica.
3. El objeto de la petición.
4. Las razones en las que fundamenta su petición.
5. La relación de los documentos que desee presentar para iniciar el trámite.
6. La firma del peticionario cuando fuere el caso.
Por lo anterior, antes de enviar su petición verifique que cuente con la información indicada anteriormente
*El último viernes de cada mes, el horario es: de 7 a.m. a 3 p.m. - jornada continua
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