APCCOLOMBIA.GOV.CO

Logo

¿La ejecución de fondos provenientes de auxilios o donaciones que provengan de privados, se encuentran exentos de toda clase de impuesto, tasa o contribución, sin que para el efecto sea necesario obtener el CUC expedido por APC-Colombia?

El Decreto 1651 de 2021 incluyó al sector privado como beneficiario de la exención tributaria establecida en el art. 138 de la Ley 2010 de 2019, siempre y cuando cuenten con un convenio o acuerdo con entidad pública del orden nacional o territorial (numeral 3 art. 1.3.1.9.3).
Modificado el Mié, 31/08/2022 - 09:31